Los códigos que aparecen en la parte trasera del carnet de conducir y que expresan una referencia a ciertas limitaciones, restricciones o adaptaciones que el conductor debe cumplir (generalmente derivadas de determinadas circunstancias que afectan a su conducción particular); han sido adaptadas a la normativa europea desde el pasado 1 de enero de 2017.
Esta medida, adoptada por orden ministerial durante el 2016, se suma al conjunto de medidas que se han tomado para unificar los permisos de conducir en toda la Unión Europea.
En 2015, se suprimía el BTP, ya que ¿para qué sirve el BTP que obligaba a una doble acreditación con el fin de conducir determinados vehículos en situaciones de urgencia, si no era exigible en los demás países europeos?
La necesidad de adaptar la normativa a la que rige en la Unión Europea es evidente y se debe a la importancia de establecer las mismas condiciones para los conductores del ámbito comunitario, tanto en el acceso a los permisos de conducir como en su transparencia.
Estos cambios adoptados en el 2017 no supondrán, en ningún caso, una pérdida de la validez de los permisos actuales, que se mantendrán tal como están hasta su renovación o la sustitución por otro permiso que incluya nuevas modalidades. Algunos de los ejemplos que indicarán estos códigos de referencia para toda la Unión Europea son el que indica la conducción no permitida en autopista, la limitación de una conducción sólo diurna o la necesidad de utilizar las lentes de contacto.
En conclusión, en cualquier caso, esta nueva modificación no supone ninguna variación real en el acceso a los permisos de conducción, no exige nuevos requisitos especiales y no establece nuevas circunstancias limitativas o restrictivas, sino que es una simple medida adoptada con el fin de aportar una mayor claridad a las autoridades en la circulación por los países comunitarios.
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